Establecen medidas que debe seguir la ciudadanía en la nueva convivencia social y prórroga del estado de emergencia nacional

Decreto Supremo Nº 156-2020-PCM

I. PRÓRROGA DEL ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL

  • A partir del jueves 01.10.2020 hasta el sábado 31.10.2020.
  • Se mantiene cuarentena focalizada:

En lugares con cuarentena focalizada, se permite el desplazamiento de las personas únicamente para la prestación, acceso a servicios y bienes esenciales, y prestación de servicios de las actividades económicas autorizadas.

Inmovilización social obligatoria rige de lunes a sábado desde las 20:00 horas hasta las 04.00 horas del día siguiente y domingo durante todo el día hasta las 04:00 horas del día siguiente.

II. CARACTERÍSTICAS ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL

  • Inmovilización social obligatoria desde las 23:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente, de lunes a domingo a nivel nacional; con excepción de las provincias con cuarentena focalizada.
  • Durante la inmovilización se exceptúa el personal estrictamente necesario que participa en:

a) Prestación de los servicios de abastecimiento de alimentos, salud, medicinas, servicios financieros, servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery).

b) Continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, transporte de carga y mercancías, actividades relacionadas con la reanudación de actividades económicas.

c) Se permite que las farmacias, droguerías y boticas puedan brindar atención de acuerdo con la norma de la materia.

d) El personal de prensa podrá transitar siempre que porten su pase personal laboral, su credencial periodística respectiva y su Documento Nacional de Identidad para fines de identificación.

e) Desplazamiento de personas que requieran de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud y la adquisición de medicamentos, sin restricciones por la inmovilización social obligatoria.

  • Prohibición de circulación de vehículos particulares el domingo a nivel nacional, durante todo el día hasta las 4:00 horas del día siguiente.
  • Departamentos de Cusco, Puno, Moquegua y Tacna, se mantiene la inmovilización social obligatoria los días domingo durante todo el día hasta las 04:00 horas del día siguiente.
  • Reuniones sociales, incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares, se encuentran prohibidas
  • Los NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES MENORES DE 12 AÑOS deben permanecer en su domicilio. Los niños, niñas y adolescentes menores de doce (12) años, por necesidad de mantener su salud emocional, pueden realizar un paseo diario considerando:

a) Deben salir con una sola persona mayor de edad que resida en el mismo domicilio.

b) Circulación se limita a un paseo de máximo 60 minutos, en una distancia no superior de 500 metros del domicilio menor, en espacios libres sin aglomeraciones.

c) Durante el paseo, se debe mantener una distancia social no menor de 2 metros.

d) Podrán realizar actividad deportiva en los parques, centros de esparcimiento, clubes zonales u otros (autorizados) acompañados de un adulto.

  • PERSONAS EN GRUPO DE RIESGO PARA COVID-19

No pueden salir de su domicilio, salvo las excepciones señaladas en las citadas normas: y no deben recibir visitas en su domicilio y tienen que evitar el contacto físico con las personas que se desplazan fuera del domicilio.

  • ACTIVIDADES DEPORTIVAS AL AIRE LIBRE

Permitida la práctica deportiva al aire libre, individual o en parejas, permitida en los parques, centros de esparcimiento, clubes zonales u otros (autorizados); siempre que no implique contacto físico y se respete el distanciamiento social.

Esta disposición entra en vigencia el 01.10.2020.

  • DEL INCREMENTO DE HORARIOS DE ATENCIÓN EN ESTABLECIMIENTOS DE SALUD PÚBLICOS

Dentro de un plazo no mayor de 15 días calendarios, el Ministerio de Salud presentará el listado de establecimientos de salud del primer nivel de atención que se reorganizan para poder contar con horarios de atención extendidos, que permitan evitar la concentración de pacientes y una mejor cobertura de dichos servicios.

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