Compensación por Tiempo de Servicios - CTS
Se autoriza a los trabajadores a disponer, durante el estado de emergencia sanitaria, de hasta S/ 2,400.00 de sus fondos de depósitos de CTS. Las entidades financieras entregarán estos montos a la sola solicitud de los trabajadores, la misma que puede ser realizada por vías no presenciales. El abono de estos fondos se realizará a cuentas activas o pasivas que el trabajador indique.
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo podrá autorizar, si lo considera necesario, a una segunda liberación de hasta el mismo monto y durante el estado de emergencia sanitaria, previo informe favorable del MEF.
Aportes Previsionales - AFP
Se suspende la obligación de retención y pago de aportes previsionales equivalente al 10% de la remuneración asegurable para el aporte a la AFP, así como la comisión, correspondientes a abril de 2020. Ello no generará sanciones para los empleadores.
El MEF cuenta con las facultades para ampliar esta medida por un mes adicional.
Seguro de Invalidez y Sobrevivencia Colectivo del SPP
Durante abril de 2020 los empleadores deberán retener, declarar y pagar el monto correspondiente a la prima este seguro, a fin de no afectar su cobertura. El pago implica que este período será considerado para evaluar la cobertura del seguro y el cálculo de la remuneración promedio.